Nuevas etiquetas para los neumáticos fabricados a partir del 1 de julio

LOS ESPAÑOLES PODRÍAN AHORRAR MÁS DE 1.000 MILLONES DE EUROS EN COMBUSTIBLE SI LOS NEUMÁTICOS VENDIDOS EN UN AÑO FUERAN “CLASE A” DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

La etiqueta ofrece información sobre cómo frena sobre suelo mojado, el consumo de combustible y el ruido que emite.

La diferencia entre la mejor y la peor categoría se traduce en:

– A 80 Km/h consigue frenar 18 metros antes.

– Reduce un 7,5% el consumo, equivalente a 300€ de ahorro a lo largo de la vida del neumático.

– Emite una cuarta parte del nivel de ruido exterior.

RACE y Goodyear Dunlop lanzan una campaña de información al usuario sobre la etiqueta http://www.youtube.com/seguridadvialrace

Madrid, 10 de julio de 2012. La Unión Europea introduce este año el etiquetado obligatorio de neumáticos, con información clara sobre el agarre sobre mojado, la eficiencia de combustible y el ruido exterior. Un usuario bien informado podrá elegir un neumático que frene hasta 18 metros antes, reducir un 7,5% el consumo de combustible, con un ahorro estimado de 300€ a lo largo de la vida del neumático, o emitir una cuarta parte del ruido. El RACE y Goodyear Dunlop lanzan una campaña informativa con videos formativos en Internet y medios sociales.

Los usuarios podrán encontrar a partir del 1 de julio en los puntos de venta la etiqueta correspondiente a los neumáticos, siendo obligatorio ofrecer esta información a partir del 1 de noviembre de 2012 en todos los Estados Miembros de la UE (EC Regulation N 1222/2009), y en todos los neumáticos para turismos, camiones ligeros y pesados.

La nueva etiqueta para neumáticos va un paso más allá respecto a la etiqueta energética ya existente para grandes electrodomésticos, pues no se limita a ofrecer información sobre la eficiencia energética y el impacto medioambiental, sino que también proporciona información acerca de sus prestaciones de seguridad.

 

TRES PARÁMETROS DE INFORMACIÓN AL USUARIO:

 

1. LA EFICIENCIA DE COMBUSTIBLE:

Un neumático rodando se deforma y disipa energía, es lo que conocemos como “resistencia a la rodadura”. Con una menor resistencia a la rodadura el neumático utiliza menos energía, menos combustible y, en definitiva, emite menos CO2. Los neumáticos son responsables del consumo de aproximadamente uno de cada cinco depósitos, por lo que su comportamiento tiene un peso importante en el ahorro de combustible.

La diferencia entre el consumo de un coche con 4 neumáticos de clase A y el mismo coche con 4 neumáticos de clase G puede llegar hasta el 7,5%. Para un consumo medio de 8 litros/100km, precios del combustible de 1,50 euro/litro y una vida útil del neumático de 35.000 km, el adquirir neumáticos Clase A en este apartado representa un ahorro de más de 300€ a lo largo de toda la vida del neumático.

Siguendo estos parámetros, si los aproximadamente 15 millones de neumáticos de turismo vendidos cada año en España fueran de la Clase A de eficiencia de combustible, se podría llegar a ahorrar hasta un máximo de 1.125 millones de Euros en consumo de combustible, para tener una referencia, sería un importe superior al presupuesto de conservación de carreteras del Ministerio de Fomento para el año 2012, que se fijó en 873 millones de Euros.

Respecto a emisiones, la Comisión Europea estima que las mejoras de los neumáticos respecto a la resistencia a la rodadura que se alcanzarán a partir de la introducción de la etiqueta, tienen el potencial de reducir las emisiones de CO2 en 20 millones de toneladas al año (European Commission Impact Assessment SEC(2008)2860).

 

2. EL AGARRE SOBRE MOJADO:

El efecto puede variar según vehículo y condiciones de conducción pero en el caso de una frenada, la diferencia entre unos neumáticos clase A y G podría reducir la distancia de frenado hasta un 30%.

A 80 Km/h supone una reducción de 18 metros, el equivalente a cuatro veces el largo de un vehículo, lo que significa una reducción de aproximadamente 3 metros según el consumidor vaya pasando de letra desde la categoría G hasta la A.

 

3. EL NIVEL DE RUIDO EXTERIOR

La clasificación del ruido exterior de un neumático se expresa en decibelios (dB). Tres ondas es el límite actual, dos cumplen con la legislación futura y una onda se sitúa en 3dB por debajo del futuro límite legal. Un neumático con tres ondas emite cuatro veces más ruido respecto a otro con una onda. Cuanto más silencioso es un neumático mejor es para el medioambiente. Una diferencia de 3 dB significa que el ruido del neumático con la carretera se VA INCREMENTANDO en un 100%.

 

ESQUEMA RESUMEN

Esta infografía muestra las diferencias entre escoger la mejor o la peor categoría en cada uno de los tres parámetros comunicados al usuario por la nueva etiqueta.

MEJORA DE PRESTACIONES OBLIGADA

Además, el nuevo etiquetado europeo impone unos mínimos que deben ser cumplidos por los fabricantes de neumáticos. A partir de noviembre de 2012 no se podrán fabricar neumáticos G en eficiencia energética, ni F o G en agarre en mojado, y a partir de noviembre de 2014 no se podrá vender ningún modelo de este tipo. La otra fecha señalada de mejoras es noviembre de 2016, a partir de la cual no se podrán fabricar neumáticos F en eficiencia energética, y no podrán estar a la venta a partir de noviembre de 2018.

Estas mejoras hacen imprescindible la innovación de los fabricantes en nuevos materiales, compuestos, estructuras y diseños, para conseguir unos óptimos resultados en las tres variables.

Durante el desarrollo de un neumático, los grandes fabricantes tienen en cuenta más de 50 criterios de prestaciones. Por este motivo, existe la posibilidad de que como complemento a la información del etiquetado podamos encontrar una información extra que aporta el fabricante respecto a otros criterios como por ejemplo, la resistencia al aquaplaning, la manejabilidad sobre mojado y en seco, el frenado en seco, la estabilidad a altas velocidades, o la durabilidad.

CONTROL

El control del estricto cumplimiento de la normativa referente al etiquetado de neumáticos para turismo corresponde a las Autoridades de Consumo. Según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, las infracciones podrán calificarse como leves, con sanción de hasta 3.005,06€, graves hasta 15.025,30€, y muy graves hasta 601.012,10€, atendiendo a los criterios de riesgo para la salud, posición en el mercado del infractor, cuantía del beneficio obtenido, grado de intencionalidad, gravedad de la alteración social producida, generalización de la infracción y reincidencia

 

Fuente: http://www.race.es/

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