En el anteproyecto donde se modifica el Reglamento General de Circulación, Tráfico ha introducido un artículo que abre la puerta a la prohibición de los detectores de radar, al señalar que “se prohíbe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas, se lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad, así como la utilización de mecanismos de detección de radar”.

En la última reforma de la Ley de Tráfico, el gobierno socialista prohibió expresamente el uso de inhibidores de radar –aparatos que interfieren con la señal del radar para que no capte que el vehículo circula a una velocidad inadecuada–, pero dejó abierta la puerta a usar detectores de radar –que sin interferir en la señal, avisan al conductor de que hay un radar cerca–. Con esta reforma, sin embargo, se podría acabar con este tipo de aparatos.

Lo que no sabemos es si con ello se pretende reducir el número de accidentes de tráfico o aumentar la recaudación.

 

Fuente: europapress.es

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