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Por circular sin pasar la ITV o desfavorable la sanción es de 200€. Por tener rechazado circular por circunstancias técnicas la sanción es de 500€. Las sanciones se han duplicado con motivo de la crisis, ya no se mira tanto por el coche al haber pasado a un segundo lugar, pero ello también deja en un segundo lugar la seguridad de sus ocupantes. Un 25% de los vehículos no pasan la ITV en la primera inspección por tener algún tipo de defecto. Un 23% de los vehículos tiene algún tipo de defecto en la iluminación, lo cual es la avería o daño más habitual. Un 36% de los vehículos tiene algún tipo de deficiencia en frenos, suspensión, ruedas o los elementos de sujeción de estas, lo cual evidencia una alta probabilidad de sufrir un accidente de tráfico. Desde www.gestirep.com queremos…

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Los coches, con capacidad hasta nueve plazas, incluido el conductor, autocaravanas y vehículos vivienda, están exentos de pasar la ITV durante los cuatro primeros años. A partir de ahí, deben someterse a una inspección bienal y cuando ya superan los 10 años de antigüedad, a una anual. En el caso de los ciclomotores, están exentos los tres primeros años y a partir de ahí están obligados a pasar una inspección bienal. Las motocicletas están exentas hasta los 4 años y cuando superan esta edad, la inspección es obligatoria cada dos años. Tras pasar la ITV, en el caso de que la inspección sea favorable con defectos leves, el propietario del vehículo debe corregirlos, pero no tiene la obligación de volver a la estación para comprobar la subsanación de dichos defectos. Por tanto, el resultado de favorable sin defectos y favorable…