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	<title>Gestirep Blog &#187; radar</title>
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	<description>Noticias y novedades</description>
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		<title>Mercedes lanza un sistema capaz de frenar de forma autónoma</title>
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		<pubDate>Thu, 12 Feb 2015 08:24:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Javier Gestirep]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[Mercedes ha lanzado con su Clase B un nuevo sistema capaz de frenar de forma autónoma para evitar una colisión por alcance o, al menos, mitigar sus efectos. El sistema se llama Collision Prevention Assist Plus y es capaz de evitar prácticamente cualquier colisión por alcance. Funciona como un radar con un alcance de 80 metros que se sitúa en la parte frontal del capó. El sistema es incluso capaz de detectar elementos de poco tamaño como personas, motos o bicicletas. Funciona emitiendo una alarma 2.5 segundos antes del impacto y 1.6 segundos antes un frenado de emergencia, lo que conlleva que si la velocidad era inferior a 40km/h la colisión es evitada y, si es superior, se reduce la velocidad de impacto a unos 10km/h, lo que reduce las posibles consecuencias del siniestro. Se ha testado con diferentes experimentos...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://gestirep.com/blog/wp-content/uploads/2015/02/Mercedes-lanza-un-sistema-capaz-de-frenar-de-forma-autónoma--e1424366811323.jpg" alt="Mercedes lanza un sistema capaz de frenar de forma autónoma" width="765" height="436" class="alignnone size-full wp-image-2966" /></p>
<p><strong>Mercedes</strong> ha lanzado con su Clase B un nuevo <strong>sistema capaz de frenar de forma autónoma</strong> para evitar una colisión por alcance o, al menos, mitigar sus efectos.</p>
<p>El sistema se llama <em>Collision Prevention Assist Plus</em> y es capaz de evitar prácticamente cualquier colisión por alcance. Funciona como un radar con un alcance de 80 metros que se sitúa en la parte frontal del capó. El sistema es incluso capaz de detectar elementos de poco tamaño como personas, motos o bicicletas. </p>
<p>Funciona emitiendo una alarma 2.5 segundos antes del impacto y 1.6 segundos antes un frenado de emergencia, lo que conlleva que si la velocidad era inferior a 40km/h la colisión es evitada y, si es superior, se reduce la velocidad de impacto a unos 10km/h, lo que reduce las posibles consecuencias del siniestro.</p>
<p>Se ha testado con diferentes experimentos y todos han corroborado que el vehículo dispone y hace uso de una autonomía absoluta cuando el impacto es inminente, aunque las decisiones del conductor siempre prevalecen. Por ejemplo, si segundos antes del impacto aceleráramos, el vehículo aceleraría. </p>
<p>Sin lugar a dudas, la <strong>seguridad</strong> se ha convertido en uno de los valores de máxima importancia en la oferta automovilística actual y es gracias a esa tendencia por la que las distintas casas de coches están apostando por primar la seguridad de sus consumidores.</p>
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		<title>Detectores de Radar PROHIBIDOS</title>
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		<pubDate>Fri, 15 Mar 2013 12:30:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Javier Gestirep]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[En el anteproyecto donde se modifica el Reglamento General de Circulación, Tráfico ha introducido un artículo que abre la puerta a la prohibición de los detectores de radar, al señalar que &#8220;se prohíbe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas, se lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad, así como la utilización de mecanismos de detección de radar&#8221;. En la última reforma de la Ley de Tráfico, el gobierno socialista prohibió expresamente el uso de inhibidores de radar &#8211;aparatos que interfieren con la señal del radar para que no capte que el vehículo circula a una velocidad inadecuada&#8211;, pero dejó abierta la puerta a usar detectores de radar &#8211;que sin interferir en la señal, avisan al conductor de...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>En el anteproyecto donde se modifica el Reglamento General de Circulación, Tráfico ha introducido un artículo que abre la puerta a la prohibición de los detectores de radar, al señalar que &#8220;se prohíbe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas, se lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad, así como la utilización de mecanismos de detección de radar&#8221;.</p>
<p><span style="font-size: 13px; line-height: 19px;">En la última reforma de la Ley de Tráfico, el gobierno socialista prohibió expresamente el uso de inhibidores de radar &#8211;aparatos que interfieren con la señal del radar para que no capte que el vehículo circula a una velocidad inadecuada&#8211;, pero dejó abierta la puerta a usar detectores de radar &#8211;que sin interferir en la señal, avisan al conductor de que hay un radar cerca&#8211;. Con esta reforma, sin embargo, se podría acabar con este tipo de aparatos.</span></p>
<p>Lo que no sabemos es si con ello se pretende reducir el número de accidentes de tráfico o aumentar la recaudación.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Fuente: europapress.es</p>
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		<title>Se permitirá circular a 130km/h</title>
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		<pubDate>Thu, 14 Mar 2013 17:30:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Javier Gestirep]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[La Dirección General de Tráfico (DGT) ha dado un profundo repaso a los actuales límites de velocidad y ha planteado una reforma que incluye distintos límites para automóviles en carreteras secundarias, entre 90 y 50 km/h, permitir los 130 km/h en algunos tramos de autopistas y autovías, así como una reducción en otros tramos de ciudad de la velocidad a 30 km/h, según el anteproyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Circulación. También se prohíben los detectores de radar.  El borrador, que tiene fecha del 25 de febrero de este año, plantea para automóviles y motocicletas una velocidad máxima en autopista y autovías de 120 km/h y en carreteras convencionales de 90 km/h con una anchura de plataforma igual o superior a 6,5 metros. Actualmente, estos vehículos están autorizados a conducir a una velocidad...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>La Dirección General de Tráfico (DGT) ha dado un profundo repaso a los actuales límites de velocidad y ha planteado una reforma que incluye distintos límites para automóviles en carreteras secundarias, entre 90 y 50 km/h, permitir los 130 km/h en algunos tramos de autopistas y autovías, así como una reducción en otros tramos de ciudad de la velocidad a 30 km/h, según el anteproyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Circulación. También se prohíben los detectores de radar.<span style="font-size: 13px; line-height: 19px;"> </span></p>
<p>El borrador, que tiene fecha del 25 de febrero de este año, plantea para automóviles y motocicletas una velocidad máxima en autopista y autovías de 120 km/h y en carreteras convencionales de 90 km/h con una anchura de plataforma igual o superior a 6,5 metros. Actualmente, estos vehículos están autorizados a conducir a una velocidad máxima de 100 kilómetros por hora en carreteras convencionales siempre que la vía tenga un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de anchura.<span style="font-size: 13px; line-height: 19px;"> </span></p>
<p>Tráfico ya había adelantado que iba a acabar con el límite a 100 km/h en carreteras convencionales, pero en la reforma ha ido un poco más allá y contempla un límite de velocidad entre 70 km/h y 50 km/h para estas vías que tengan una plataforma inferior a 6,5 metros de anchura. En estas carreteras convencionales estrechas que tengan una marca longitudinal de separación entre sentidos el límite será de 70 km/h y en las que no esté pintada esa marca, será de 50 km/h.<span style="font-size: 13px; line-height: 19px;"> </span></p>
<p>Mientras, la velocidad máxima en autovías y autopistas continúa de manera general en 120 km/h, aunque la DGT contempla, como prometió, la posibilidad de aumentar hasta 130 km/h ese límite mediante paneles variables para turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas asimilados a éstas.<span style="font-size: 13px; line-height: 19px;"> </span></p>
<p>Según señala el anteproyecto, este aumento del límite de velocidad será autorizado y gestionado exclusivamente por la DGT o, en los casos en que la competencia de la gestión de tráfico esté transferida &#8211;Cataluña y País Vasco&#8211;por la autoridad autonómica competente para la gestión del tráfico, &#8220;de forma temporal y en tramos en los que existan índices contrastados de seguridad, buenas condiciones de trazado y pavimentación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales&#8221;.<span style="font-size: 13px; line-height: 19px;"> </span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Fuente: europapress.es</p>
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