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	<title>Gestirep Blog &#187; iva</title>
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		<title>Las aseguradoras tienen que asumir el IVA en las reparaciones de los coches de empresa</title>
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		<pubDate>Mon, 28 Sep 2015 10:08:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Javier Gestirep]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[Las aseguradoras tienen que asumir el IVA en las reparaciones de los coches de empresa, según recoge el contenido de una sentencia de un juzgado de Madrid fruto de una demanda promovida por Automovilistas Europeos Asociados (AEA). En una nota, la propia organización de defensa del automovilista calcula que las aseguradoras españolas se podrían estar ahorrando unos 240 millones de euros al aplicar a efectos prácticos una &#8220;franquicia no pactada del 21% a los coches de empresa&#8221;. La sentencia a la que alude la AEA fue emitida por el juzgado de Primera Instancia número cuatro de Madrid y estima íntegramente la demanda promovida por la AEA en defensa de unos de sus socios. La aseguradora ha quedado condenada a pagar 10.911 euros más las costas judiciales correspondientes a la reparación de unos daños sufridos en un vehículo de empresa, así...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://gestirep.com/blog/wp-content/uploads/2015/09/Las-aseguradoras-tienen-que-asumir-el-IVA-en-las-reparaciones-de-los-coches-de-empresa-1024x768.jpg" alt="Las aseguradoras tienen que asumir el IVA en las reparaciones de los coches de empresa" width="800" height="600" class="aligncenter size-large wp-image-3110" /></p>
<p><strong>Las aseguradoras tienen que asumir el IVA en las reparaciones de los coches de empresa</strong>, según recoge el contenido de una sentencia de un juzgado de Madrid fruto de una demanda promovida por <a href="http://aeaclub.org/">Automovilistas Europeos Asociados (AEA)</a>. En una nota, la propia organización de defensa del automovilista calcula que las aseguradoras españolas se podrían estar ahorrando unos 240 millones de euros al aplicar a efectos prácticos una &#8220;franquicia no pactada del 21% a los coches de empresa&#8221;.</p>
<p>La sentencia a la que alude la AEA fue emitida por el juzgado de Primera Instancia número cuatro de Madrid y estima íntegramente la demanda promovida por la AEA en defensa de unos de sus socios.</p>
<p>La aseguradora ha quedado condenada a pagar 10.911 euros más las costas judiciales correspondientes a la reparación de unos daños sufridos en un vehículo de empresa, así como al pago del alquiler de un vehículo de sustitución, explica la organización, antes de señalar que la sentencia es firme al no haber sido apelada.</p>
<p>El motivo de la demanda era la reclamación de unos daños causados por una conductora a un coche propiedad de una empresa dedicada al transporte de mercancías, así como una factura por el alquiler de un coche de sustitución.</p>
<p>Inicialmente, la aseguradora de la conductora causante de los daños rechazó la reclamación efectuada en vía amistosa, pero una vez interpuesta la demanda ante el juzgado aceptó pagar las facturas sin incluir el importe correspondiente al 21% de IVA, con el argumento de que &#8220;como se trataba de una sociedad mercantil podía deducirse dicho impuesto&#8221;.</p>
<p>Sin embargo, el fallo judicial ha estimado íntegramente la demanda promovida por los servicios jurídicos de AEA y ha condenado a aseguradora no solo al pago de la cantidad que pretendía excluir, sino también al pago de intereses por morosidad y las costas procesales.</p>
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		<title>El taller no tiene obligación legal de facilitar coche de sustitución</title>
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		<pubDate>Mon, 03 Aug 2015 10:54:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Javier Gestirep]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[Cada vez es más frecuente que un concesionario/compraventa o taller facilite al cliente un vehículo de sustitución mientras se repara el suyo. Dado que no hay obligación legal de hacerlo, salvo que la garantía lo incluya, se puede cobrar, dando lugar a lo que sería un alquiler de coche sin conductor. Con el fin de respetar las normas que regulan esta relación comercial, la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor (Ganvam) ha puesto en marcha un modelo estándar de contrato pensado para quienes prestan este servicio. En primer lugar, para poder alquilar vehículos sin conductor no es necesaria ninguna autorización administrativa previa, pero sí hace falta incluir la actividad de arrendamiento de coches en su objeto social, y en su alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Además, dado que las obligaciones de esta actividad están...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://gestirep.com/blog/wp-content/uploads/2015/08/El-taller-no-tiene-obligación-legal-de-facilitar-coche-de-sustitución-1024x762.jpg" alt="El taller no tiene obligación legal de facilitar coche de sustitución" width="800" height="595" class="aligncenter size-large wp-image-3085" /></p>
<p>Cada vez es más frecuente que un concesionario/compraventa o taller facilite al cliente un vehículo de sustitución mientras se repara el suyo. Dado que no hay obligación legal de hacerlo, salvo que la garantía lo incluya, se puede cobrar, dando lugar a lo que sería un alquiler de coche sin conductor. Con el fin de respetar las normas que regulan esta relación comercial, la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor (<a href="http://www.ganvam.es/">Ganvam</a>) ha puesto en marcha un modelo estándar de contrato pensado para quienes prestan este servicio.  </p>
<p>En primer lugar, <strong>para poder alquilar vehículos sin conductor no es necesaria ninguna autorización administrativa previa</strong>, pero sí hace falta incluir la actividad de arrendamiento de coches en su objeto social, y en su alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.</p>
<p>Además, dado que las obligaciones de esta actividad están sujetas a la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, es obligatorio entregar al conductor un contrato que cumpla con lo exigido en esta norma y que debe firmarse en el concesionario o taller que cede el coche, aunque la entrega efectiva del vehículo se haga en un lugar diferente.</p>
<p>Este contrato -en el que debe figurar al menos nombre, domicilio y NIF/CIF del arrendador y arrendatario, plazo de duración, matrícula y precio- debe formar parte de la documentación que se lleve en el coche de sustitución. Además, el concesionario/compraventa o taller deben guardar las copias durante tres años desde la fecha de su finalización.</p>
<p>Con respecto a los coches, Ganvam aclara que ni es necesario disponer de una flota mínima ni tampoco que sean propiedad del concesionario/compraventa o taller. Además, pueden ser nuevos o usados. Eso sí, en el permiso de circulación debe constar que es para servicio público-alquiler sin conductor.</p>
<p>En materia tributaria, los vehículos para servicio de alquiler cuentan además con ventajas fiscales, ya que están exentos del Impuesto de Matriculación siempre que no se alquilen a la misma persona o entidad más de tres meses en un mismo año. Si se supera este periodo el titular perdería el derecho a la exención y tendría que pagarlo.</p>
<p>Con respecto a los precios del alquiler, aunque no están sujetos a tarifa administrativa, sí deben estar visibles al público en el establecimiento, de tal forma que el beneficiario sepa de antemano cuánto deberá pagar,<br />
añadiendo siempre el IVA del 21%.</p>
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		<title>Recomendaciones para una reparación con garantías</title>
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		<pubDate>Fri, 03 Apr 2015 07:08:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Javier Gestirep]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[¿Qué cautelas debo tener a la hora de reparar un automóvil? ¿Cómo puedo identificar un taller legal del que no lo es? En primer lugar, la ley obliga a los talleres a tener y mostrar de forma clara y visible la correspondiente identificación que demuestra que es un taller autorizado. Debe constar su número de identificación en el registro industrial y su actividad. En dicha placa aparece indicada la especialidad pues no todos los talleres están preparados y autorizados para realizar todas la operaciones: mecánica, electricidad, carrocería, pintura&#8230;. Más cuestiones: el taller debe entregarle un resguardo de depósito del vehículo. Debe guardarse. Así, si sucediera algún percance como un robo, incendio en el taller, inundación, etc&#8230;, se podrá realizar la correspondiente reclamación. Conviene, además, apuntar los kilómetros con los que deja su vehículo, para evitar usos no autorizados. Hay que...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://gestirep.com/blog/wp-content/uploads/2015/04/Recomendaciones-para-una-reparación-con-garantías.jpg" alt="Recomendaciones para una reparación con garantías" width="350" height="239" class="alignright size-full wp-image-3013" /></p>
<p>¿Qué cautelas debo tener a la hora de reparar un automóvil? <strong>¿Cómo puedo identificar un taller legal del que no lo es?</strong> En primer lugar, la ley obliga a los talleres a tener y mostrar de forma clara y visible la correspondiente identificación que demuestra que es un taller autorizado. Debe constar su número de identificación en el registro industrial y su actividad. En dicha placa aparece indicada la especialidad pues no todos los talleres están preparados y autorizados para realizar todas la operaciones: mecánica, electricidad, carrocería, pintura&#8230;. </p>
<p>Más cuestiones: el taller debe entregarle un resguardo de depósito del vehículo. Debe guardarse. Así, si sucediera algún percance como un robo, incendio en el taller, inundación, etc&#8230;, se podrá realizar la correspondiente reclamación. Conviene, además, apuntar los kilómetros con los que deja su vehículo, para evitar usos no autorizados.</p>
<p><strong>Hay que pedir presupuesto</strong>. Pregunte por el coste de los diferentes servicios y el precio de la mano de obra por hora de trabajo. El presupuesto por escrito; nada verbal, porque las palabras se las lleva el viento&#8230;.. Dicho documento debe ser aceptado y firmado antes de que se realicen las operaciones necesarias.</p>
<p><strong>La factura es obligatoria</strong>. Debe ser clara y estar detallada, comunicando las piezas que han sido cambiadas/raparadas, con especificación de los gastos, arreglos y horas de trabajo invertidas. Debe incluir el correspondiente pago del IVA.</p>
<p><strong>Todas las reparaciones tienen una garantía legal de 3 meses ó 2.000 kilómetros</strong>, salvo que la pieza tenga una garantía superior. Además, hay talleres que ofrecen una garantía adicional.</p>
<p><strong>El taller siempre debe utilizar piezas de recambio nuevas</strong>. Ahora bien, en caso de común acuerdo entre las partes se pueden usar piezas de segunda mano. Dicho esto, hay excepciones: cuando se trate de elementos que afectan a la seguridad activa como la dirección, las suspensiones o los neumáticos, no se pueden utilizar recambios usados.</p>
<p><strong>Pregunte si tiene dudas</strong>. La relación entre mecánico y cliente debe ser una relación de confianza. La transparencia entre el taller y el usuario deben ser máximas. Coja los datos del taller, como el teléfono y el correo electrónico, para mantener una comunicación fluida con el taller por si surge alguna duda, aclaración o preocupación añadida.</p>
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		<title>Aconsejable la Factura, aunque sea más cara la reparación</title>
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		<pubDate>Thu, 07 Mar 2013 17:30:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Javier Gestirep]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[El taller tiene la obligación de entregarte una factura tras la reparación. A veces, te pueden ofrecer la posibilidad de no hacértela para no cobrarte el IVA. Recuerda que, además de ser una práctica ilegal, podrías tener problemas en un futuro ante cualquier reclamación del trabajo que te han realizado. En la factura deberán figurar en primer lugar tus datos y los del taller. Además tendrán que aparecer detalladas las operaciones y los gastos, las piezas sustituidas y las horas de trabajo, con el importe desglosado de cada uno de estos conceptos. Si la factura es para una empresa, debe figurar el IVA desglosado para poder deducirlo. En GestiRep te informamos del coste con y sin IVA, para que puedas conocer en cuánto repercute dicho impuesto. &#160; Fuente: http://www.autobild.es]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>El taller tiene la obligación de entregarte una factura tras la reparación. A veces, <strong>te pueden ofrecer la posibilidad de no hacértela para no cobrarte el IVA</strong>. Recuerda que, además de ser una práctica ilegal, podrías tener problemas en un futuro ante cualquier reclamación del trabajo que te han realizado. En la factura deberán figurar en primer lugar tus datos y los del taller. Además tendrán que aparecer detalladas las operaciones y los gastos, las piezas sustituidas y las horas de trabajo, con el importe desglosado de cada uno de estos conceptos. <strong>Si la factura es para una empresa, debe figurar el IVA desglosado</strong> para poder deducirlo. En GestiRep te informamos del coste con y sin IVA, para que puedas conocer en cuánto repercute dicho impuesto.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Fuente: http://www.autobild.es</p>
]]></content:encoded>
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		<title>La ITV de tu vehículo varía hasta en un 146% de una comunidad autónoma a otra</title>
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		<pubDate>Thu, 25 Oct 2012 10:00:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Javier Gestirep]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[El coste de pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) varía hasta en un 146 por ciento en función de en la comunidad autónoma en la que se realice para los turismos de motor diésel y hasta un 247 por ciento en el caso de motocicletas y ciclomotores, según ha advertido Facua-Consumidores en Acción a raíz de un estudio en el que ha comparado las distintas tarifas de la ITV. El precio oscila desde los 25,67 euros que cobran en Extremadura por un turismo diesel o gasolina, hasta los 63,23 euros que cuesta pasar la revisión a un vehículo con motor diesel en la Comunidad Valenciana, que vuelve un año más a tener las tarifas más elevadas (48,54 euros para los de gasolina con catalizador y 41,56 euros para turismos de gasolina sin catalizador). Detrás de la Comunidad Valenciana se...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>El coste de pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) varía hasta en un 146 por ciento en función de en la comunidad autónoma en la que se realice para los turismos de motor diésel y hasta un 247 por ciento en el caso de motocicletas y ciclomotores, según ha advertido Facua-Consumidores en Acción a raíz de un estudio en el que ha comparado las distintas tarifas de la ITV.</p>
<p>El precio oscila desde los 25,67 euros que cobran en Extremadura por un turismo diesel o gasolina, hasta los 63,23 euros que cuesta pasar la revisión a un vehículo con motor diesel en la Comunidad Valenciana, que vuelve un año más a tener las tarifas más elevadas (48,54 euros para los de gasolina con catalizador y 41,56 euros para turismos de gasolina sin catalizador). Detrás de la Comunidad Valenciana se sitúa Castilla y León (55,72 euros para motores diésel, 46,47 euros para gasolina con catalizador y 37,04 euros sin catalizador).</p>
<p>Mientras, las tarifas más económicas de las diecisiete comunidades autónomas son las de Extremadura y Asturias (25,67 euros y 27,10 euros, respectivamente, en todos los turismos). La subida media que se ha producido con respecto a 2011 es del 3,89 por ciento, incluyendo el incremento del IVA, del 18 por ciento al 21 por ciento, a partir del 1 de septiembre, en aquellas comunidades que lo aplican a la tarifa de la ITV. Esto ha motivado un ligero encarecimiento de las tarifas, ya que, si bien Asturias, Canarias, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Melilla y Navarra habían mantenido el importe de otros años, éste se ha visto incrementado por la subida del IVA. Teniendo en cuenta esta subida, la tarifa media de la ITV de los turismos y vehículos de hasta ocho plazas se sitúa en 37,91 euros, un 3,9 por ciento por encima de los 36,49 euros de 2011.</p>
<p>Las mayores subidas de precio de la ITV para turismos de hasta ocho plazas se han producido en la ciudad autónoma de Ceuta, con una subida media del 9 por ciento, pues al incremento de las tarifas se une la subida del IPSI de seis puntos. A esta ciudad autónoma le sigue la isla de Menorca, de las Islas Baleares, y País Vasco con un incremento del 5,7 por ciento. En las ITV de motocicletas, Aragón ha aplicado subidas del 26,9 por ciento, que justifican por la necesidad de adquirir nuevos equipamientos específicos para adaptarse a la nueva normativa y que en su momento no se actualizaron las tarifas y la ciudad autónoma de Ceuta del 9 por ciento. A estas tarifas, que establecen las propias comunidades autónomas, hay que sumar la tasa de tráfico fijada por el Ministerio del Interior en 3,60 euros, que se mantiene igual que en 2011. Comparado con 2004, esta tasa ha subido un 63,6 por ciento, mientras que el IPC de enero de 2004 a enero de 2012 es de un 23 por ciento, advierte Facua.</p>
<p>PRECIO ITV MOTOS Y CICLOMOTORES</p>
<p>Las diferencias tarifarias en los vehículos a motor de hasta tres ruedas, motocicletas y ciclomotores llegan a alcanzar el 247,5 por ciento. La tarifa media de la ITV de estos vehículos es de 20,93 euros, con un incremento este año del 4,7 por ciento con respecto a los 19,99 euros que se cobraban en 2010. Castilla y León se sitúa nuevamente como la comunidad más cara, donde la inspección tiene un coste de 37,04 euros (en este caso para las motocicletas, pues los ciclomotores en esta comunidad tienen un coste de 14,93 euros) con un incremento de 2,6 por ciento con respecto a 2011 por el aumento del IVA. A esta comunidad le siguen Madrid, 31,93 euros, y Galicia, 30,20 euros (para los ciclomotores, esta comunidad establece una tarifa de 19,69 euros). Y ello frente a los 11,78 euros de Murcia (10,66 euros o 12,907 euros, según se trate de estaciones de la Administración o de empresas privadas, respectivamente).</p>
<p>Facua ha pedido que antes de aprobar las nuevas tarifas a aplicar por las estaciones de ITV, éstas realicen estudios para conocer las necesidades en los próximos años e incrementar las tarifas de manera &#8220;progresiva y razonable&#8221;. Asimismo, la asociación ha criticado que ninguna de las empresas de ITV de Madrid les haya facilitado los precios que están aplicando en la actualidad. La asociación de consumidores recuerda que en España conviven distintos modelos de gestión de la ITV: las gestionadas directamente por la administración, de forma indirecta mediante concesión siendo titular la administración así como las liberalizadas donde la gestión y titularidad es privada. En España estos regímenes hacen que existan distintos precios y que en algunas comunidades autónomas se aplique IVA y en otras no. Además, para Facua, esta diversidad de modelos también implica que en unas comunidades &#8220;exista un mayor control, pues las tasas se someten a aprobación pública, mientras que en otras la liberalización del sector como es el caso de Madrid les permite modificar en cualquier momento sus tarifas sin existir un precio mínimo ni uno máximo&#8221;.</p>
<p>RECLAMA GRATUIDAD SEGUNDAS INSPECCIONES</p>
<p>Por otro lado, la asociación ha insistido en reclamar la gratuidad de las segundas inspecciones si se realizan dentro de &#8220;un plazo razonable&#8221; de tiempo por rechazo de la primera. Facua resalta la importancia de las ITV para la prevención de accidentes. En Castilla y León, Ceuta, Comunidad Valenciana, Mallorca, Menorca y Navarra sí se cobra la segunda inspección, con precios que suponen distintos descuentos sobre las tarifas de la primera. En el resto de comunidades autónomas y ciudades autónomas la segunda inspección por rechazo de la primera es gratuita, dentro de determinados plazos.</p>
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		<title>Cómo ahorrar en gasolina</title>
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		<pubDate>Sun, 02 Sep 2012 11:00:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Javier Gestirep]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[Con el precio de los carburantes disparados, llenar el depósito se está convirtiendo en un quebradero. Sólo en lo que llevamos de verano, la gasolina de 95 y el gasóleo se han encarecido un 12% y un 11,5%, respectivamente, lo que hace que llenar un tanque de tipo medio (unos 60 euros) cueste hoy entre cerca de 90 euros si es diésel y ronde los 100 en la gasolina. Sobre todo, y por eso las petroleras se encuentran en el punto de mira dde Competencia, por unos precios antes de impuestos que son de los mas altos de Europa: el segundo más elevado en el caso de la gasolina, y el sexto en el diésel. Es decir, que aquéllas se están llevando un margen mayor del que les corresponde porque, luego, los precios con impuestos están por debajo de la...]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Con el precio de los carburantes disparados, llenar el depósito se está convirtiendo en un quebradero. Sólo en lo que llevamos de verano, la gasolina de 95 y el gasóleo se han encarecido un 12% y un 11,5%, respectivamente, lo que hace que llenar un tanque de tipo medio (unos 60 euros) cueste hoy entre cerca de 90 euros si es diésel y ronde los 100 en la gasolina.</p>
<p>Sobre todo, y por eso las petroleras se encuentran en el punto de mira dde Competencia, por unos precios antes de impuestos que son de los mas altos de Europa: el segundo más elevado en el caso de la gasolina, y el sexto en el diésel. Es decir, que aquéllas se están llevando un margen mayor del que les corresponde porque, luego, los precios con impuestos están por debajo de la media europea.</p>
<p>Como además la subida del IVA, que empieza a operar mañana, dará otro empujón cercano a los cuatro céntimos por litro, no está de sobra aplicar un decálogo de medidas, que elaboró tiempo atrás empresa de renting Arval, y pueden permitir ahorrar hasta 500 euros en gasolina al año. La otra opción, y que también cada vez más gente está aplicando, es directamente dejar de usar el vehículo.</p>
<p><strong>1. Arrancar el vehículo sin acelerar</strong></p>
<p>El mero hecho de poner el coche en funcionamiento ya consume energía, pero arrancar sin acelerar hará posible que el motor precise de un menor gasto de carburante.</p>
<p><strong>2. Utilizar marchas largas</strong></p>
<p>La forma más eficiente de conducir es mantener el motor a bajas revoluciones para que la energía necesaria sea menor, pero sin comprometer nunca la seguridad yendo a un régimen demasiado bajo. Así, es preciso prestar atención al cuentarrevoluciones. Por regla general, en los motores de gasolina la aceleración y el cambio de marcha debe realizarse cuando se han alcanzado las 2.000 o 2.500 rpm. En cuanto a los diesel, entre las 1.500 y 2.000 rpm.</p>
<p><strong>3. Emplear correctamente la caja de cambios</strong></p>
<p>La primera velocidad tan sólo se utiliza para arrancar, cambiando a segunda velocidad una vez recorridos seis metros desde la puesta en marcha; de segunda a tercera a partir de los 30 km/h; en cuarta a partir de los 40 km/h y la quinta velocidad, por encima de los 50 km/h.</p>
<p><strong>4. Mantener la velocidad de circulación</strong></p>
<p>Debe ser lo más uniforme posible, evitando frenazos bruscos. De esta forma se incrementa la seguridad al volante, disminuyendo el riesgo de accidentes entre un 10% y un 25%, y se reduce el gasto en gasolina.</p>
<p><strong>5. Evitar el punto muerto</strong></p>
<p>Por otra parte, también es importante intentar mantener el motor al ralentí el menor tiempo posible puesto que, en contra de la creencia popular, en punto muerto el vehículo tiene un consumo fijo de aproximadamente medio litro de carburante por hora. Para ahorrar combustible es aconsejable poner una marcha larga y dejar que el automóvil ruede con ella sin acelerar. De esta forma, el movimiento de las ruedas mantendrá el motor en marcha y, a más de 20 km/h, el consumo de gasolina será nulo.</p>
<p><strong>6. Apagar el motor en paradas prolongadas</strong></p>
<p>En caso de retenciones, es recomendable apagar el motor del vehículo si la parada sobrepasa el minuto de duración. Esta simple práctica puede supone un ahorro medio de 150 euros al año por conductor en gastos de carburante.</p>
<p><strong>7. Evitar la sobrecarga del vehículo</strong></p>
<p>No es conveniente cargar el vehículo en exceso ni tampoco sobrepasar el &#8220;aforo&#8221; del vehículo. Está comprobado que por cada 100 kilogramos de peso adicional el consumo de combustible se incrementa en un 5%. Además, si no se va utilizar la baca es recomendable retirarla, ya que tenerla puesta aunque esté vacía aumenta el gasto de carburante un 2%.</p>
<p><strong>8. Controlar el uso del aire acondicionado</strong></p>
<p>Lo ideal es que funcione a una temperatura que oscile entre los 22 y los 23 grados, ya que un uso irracional puede incrementar el consumo de combustible hasta un 20%.</p>
<p><strong>9. No bajar del todo las ventanillas</strong></p>
<p>Si se circula a más de 100 kilómetros por hora, se gasta un 5% de carburante más.</p>
<p><strong>10. Vigilar la presión de los neumáticos</strong></p>
<p>Un mantenimiento inadecuado del vehículo también aumentará de forma innecesaria los gastos de combustible. Los neumáticos desinflados y un filtro de aire sucio aumentan un 6% el consumo, mientras que unas bujías sucias lo incrementan hasta un 10%.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Fuente: <a href="http://www.elmundo.es/elmundomotor/2012/08/31/conductores/1346406797.html" target="_blank">http://www.elmundo.es</a></p>
<p>&nbsp;</p>
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