Caso Volkswagen y responsabilidad penal de las personas juridicas

La reciente imputación de Volkswagen en el procedimiento penal abierto ante la Audiencia Nacional por el caso del software presuntamente manipulado para rebajar los datos reales de emisiones de CO2 al medio ambiente, ha provocado un amplio debate en la sociedad bajo todo tipo de prismas. La firma de abogados PricewaterhousCoopers (PwC) ha abordado, en concreto, el tema de la responsabilidad penal de las personas jurídicas ante situaciones como la expuesta. En un informe elaborado por la firma se sostiene que la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo que desarrolla una anterior de 22 de junio de 2.010 confirma que “cuando un administrador, directivo o empleado sobre los que no se haya ejercido el debido control, cometa un delito en el seno de la empresa y en provecho y beneficio de la misma, el proceso penal podrá dirigirse no solo contra el autor persona física, sino también contra la propia empresa”.

Según PwC, “en ese caso, las penas que podrán imponerse a las empresas van desde la multa económica, hasta la clausura de establecimientos o suspensión de actividades, pudiendo conllevar incluso la obligación de proceder a la liquidación de la sociedad en los casos más graves. No obstante, en la reforma del Código Penal contemplada en la LO 1/2015 se exime de responsabilidad penal a las empresas que acrediten haber instaurado, antes de la comisión del delito, un modelo de prevención de delitos que les permita ejercer el debido control sobre las actividades que desarrollan sus empleados”.

Según informan José Antonio Gómez y Agustín Medina, Abogados de PwC en la oficina de Alicante, en PwC colaboran con multitud de empresas en la elaboración del Plan de Prevención de Delitos, adecuándolo siempre a las características tanto de grandes corporaciones, como de pequeñas y medianas empresas del sector de la automoción. Las empresas del sector de la automoción resultan especialmente vulnerables, por su continua relación con proveedores, consumidores y administraciones públicas. En ese sentido, instaurar un modelo de prevención de delitos no solo ayuda a cumplir los requisitos para eximir de responsabilidad penal a la empresa, sino que ayuda a detectar y prevenir conductas irregulares que pudieran estar pasando desapercibidas para los órganos de administración y dirección de la sociedad.

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